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Guías

¿Su sitio web de contratista necesita su número de licencia?

Sí. California exige que los contratistas con licencia incluyan su número de licencia en toda forma de publicidad, y la Junta Estatal de Licencias de Contratistas (CSLB) dice que esto incluye los sitios web y las publicaciones en internet. Muestre el número en el propio sitio, donde los visitantes puedan leerlo, junto con su clasificación.

Actualizado · Por el equipo de ObraUp

Lo que dice la ley

La sección 7030.5 del Código de Negocios y Profesiones de California exige el número de licencia del contratista en todos los contratos de construcción, subcontratos y solicitudes de licitación, y en toda forma de publicidad. El folleto de Guías de Publicidad de la CSLB enumera las formas que puede tomar la publicidad: periódicos y radio, tarjetas de presentación, rotulación de vehículos, folletos, directorios, propuestas de contrato y cualquier sitio web o publicación que busque clientes en internet.

En un boletín de septiembre de 2020 (#20-21), la CSLB recordó a los contratistas que deben poner su número de licencia en todos los vehículos comerciales y anuncios, y aclaró que esto incluye las publicaciones de venta en línea y los sitios web. El boletín cita las secciones 7027, 7029.5 y 7030.5 del Código de Negocios y Profesiones y la sección 861 del Código de Regulaciones de California.

Qué pasa si falta

El folleto de la CSLB fija la multa civil por no incluir el número de licencia en entre $100 y $1,000 por la primera falta. El boletín de 2020 da un rango más amplio, de $100 a $5,000, para quienes violan las leyes de publicidad en general. En cualquier caso, es una falta fácil de evitar.

También hay una razón práctica. Cualquier persona puede verificar una licencia de California en la búsqueda gratuita de la CSLB, y un número en su sitio hace que esa verificación tome segundos.

Dónde ponerlo en su sitio web

La regla dice que el número debe estar en la publicidad, pero no fija un tamaño ni una posición para los sitios web. Póngalo donde los visitantes de verdad miran:

  • Arriba en la página de inicio, cerca del nombre de su negocio.
  • En el pie de cada página, para que aparezca sin importar a qué página llegue alguien desde una búsqueda.
  • En su página de contacto o de cotización, junto a su teléfono.
  • Con su clasificación, por ejemplo "Lic. #1234567 · C-36 Plumbing", para que el cliente sepa qué trabajos cubre su licencia.

Use el nombre de negocio que aparece en su licencia. Así el cliente puede relacionar su sitio con su registro en la búsqueda de la CSLB.

Su sitio web no es el único lugar donde aplica. La definición de la CSLB incluye directorios y cualquier publicación que busque clientes en internet, así que agregue su número a su Perfil de Negocio de Google, su página de Yelp y sus redes sociales donde la plataforma lo permita.

Otras reglas de publicidad que su sitio debe seguir

Las mismas guías de la CSLB incluyen algunas reglas que suelen pasarse por alto en internet:

  • Anuncie solo dentro de su clasificación. Un contratista C-29 de albañilería no puede anunciar trabajos eléctricos sin una licencia C-10. Los contratistas con licencia Clase A y Clase B pueden anunciarse como contratistas generales.
  • No anuncie que tiene fianza. La CSLB dice que la ley impide mencionar en la publicidad que el contratista está afianzado, porque el consumidor podría creer que la fianza ofrece más protección de la que realmente da.
  • Nada falso ni engañoso. Usar publicidad falsa, engañosa o fraudulenta para conseguir trabajos de mejoras al hogar es un delito menor. Las reseñas, fotos y credenciales de su sitio deben ser genuinas y propias.

Cómo lo maneja ObraUp

Cada diseño de ObraUp muestra su número de licencia y su clasificación donde los dueños de casa los buscan. Al empezar, buscamos su licencia en los datos públicos de licencias de California, así que el número y la clasificación de su sitio vienen de su registro estatal. Usted aprueba todo el contenido antes de que el sitio se publique.

ObraUp crea sitios web. No damos asesoría legal. Para preguntas sobre su caso, consulte las guías de la CSLB o a un abogado especializado en licencias.

Preguntas frecuentes

¿Necesito mi número de licencia en Facebook, Yelp y Google?

La definición de publicidad de la CSLB incluye directorios y cualquier sitio web o publicación que busque clientes en internet. Agregue su número a esos perfiles donde la plataforma lo permita, por ejemplo en la descripción del negocio.

¿El número de licencia debe tener un tamaño específico en un sitio web?

La CSLB fija tamaños para la rotulación de vehículos (al menos 72 puntos o letras de ¾ de pulgada para la mayoría de los contratistas), pero sus Guías de Publicidad no dan un tamaño para sitios web. Hágalo fácil de leer.

¿Mi sitio puede decir que tengo seguro?

Las guías de la CSLB prohíben anunciar que tiene fianza, no que tiene seguro. Cualquier afirmación sobre su seguro debe ser verdadera. ObraUp solo muestra un monto de seguro que usted haya comprobado con un certificado vigente.

¿Dónde pueden los clientes verificar mi licencia?

En el sitio web de la CSLB, con su búsqueda gratuita de licencias. Se puede buscar por número de licencia, nombre del negocio o nombre de la persona.

Fuentes

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